#Nacional | Desde este domingo Colombia inicia un proceso trascendental en la gestión ambiental con la entrada en vigor de la ley 22 32, que busca eliminar 21 productos plásticos de un solo uso.
La primera fase contempla la prohibición de ocho de estos productos, lo que marca el comienzo de un cambio significativo en la forma en que la sociedad colombiana maneja el plástico.
Asi las cosas, desde este domingo, ocho tipos de productos plásticos de un solo uso serán retirados del mercado. Entre los que se encuentran
1. Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.
2. Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas.
3. Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
4. Envases o empaques, recipientes y bolsas para contener líquidos no pre envasados, para consumo inmediato, para llevar o para entregas a domicilio.
5. Platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer.
6. Mezcladores y pitillos para bebidas.
7. Soportes plásticos para las bombas de inflar.
8. Confeti, manteles y serpentinas.
La normativa contempla multas, decomisos y clausuras para quienes incumplan la ley de plástico de un solo uso. Cuyas sanciones incluyen:
• Multas económicas: Desde 100 hasta 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
• Decomiso de productos: Cualquier plástico prohibido encontrado en posesión.
• Clausura temporal: Hasta un mes para establecimientos que incumplan la normativa.
• Clausura definitiva: Para infracciones graves o reiteradas.
Los fondos recolectados por estas sanciones se destinarán a programas de limpieza en ecosistemas hídricos y la recuperación de la fauna y flora.
La ley no solo busca eliminar estos productos, sino fomentar el uso de materiales biodegradables y reutilizables.
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